Código de ética de Ascún

1. Fundamento

Existe un consenso mundial sobre la naturaleza de la Universidad y la Educación Superior como un bien público social, el cual en sí mismo y en el cumplimiento de sus funciones es generador de otros bienes sociales tales como la exploración de los límites del conocimiento, la búsqueda de la sostenibilidad social y ecológica, la formación de los cuadros dirigentes de los países, y el fortalecimiento y expansióndel potencial humano que genere condiciones para el incremento de la productividad, la competitividad y la empleabilidad en el marco de la equidad y la justicia social.

La asociatividad de las instituciones de educación superior es uno de los mecanismos que cumple un papel predominante en la construcción, evolución y defensa de estos bienes sociales. En el caso colombiano, ASCUN ha cumplido con la función de propiciar, fundamentar y fortalecer el servicio de la educación superior, a través de sus instituciones asociadas.

Este tipo de asociatividad, con un carácter gremial fundamentado en la búsqueda del bien común mediante la educación superior, propende por el aseguramiento y defensa de las funciones de formación, investigación y proyección social de las instituciones, según sus características y misiones específicas. Las instituciones de educación superior operan como instrumentos para el desarrollo del país, el logro e implementación de los propósitos nacionales de acuerdo con los planes y orientaciones del estado, y la integración de las regiones.

Uno de los temas que conforman la agenda nacional es la lucha contra la corrupción, que desafortunadamente permea las actividades políticas y económicas de amplios sectores del país y crea condiciones de desequilibrio y desmoronamiento institucional; precisamente ASCUN, mediante este Código de Ética, da orientaciones que promueven un compromiso para el fortalecimiento de mecanismos de gestión eficiente y transparente, ante la posibilidad de ocurrencia de eventos tanto internos como externos que pueden afectar la imagen
institucional o impedir el logro de los objetivos institucionales.

2. Alcance

El Código de Ética de ASCUN se dirige a todas las actividades y programas de la Asociación que dependen de sus diferentes públicos de interés y de las organizaciones con las que tiene relación. Se basa en cuatro valores que se articulan con el compromiso misional de la Asociación de promover los principios de calidad académica, autonomía universitaria, búsqueda y difusión del conocimiento y responsabilidad social:

• ​Gobernanza: entendida como la actitud de la organización para tomar decisiones que favorezcan su misión. En este sentido, le corresponde propender porque sus miembros sean personas de reconocida moral en lo económico, financiero y social, que existan lineamientos para amonestar a quienes se desvíen de tales criterios y condiciones de comportamiento y
que se utilicen los mecanismos provistos por la ley cuando se verifique que hayan ocurrido casos graves en contra de la honestidad y la moral.

• Transparencia de la gestión: ASCUN apoya las acciones encaminadas al reconocimiento de la Universidad colombiana como bien público social, que asegura el derecho de los ciudadanos de acceder a una educación superior de calidad, y que opera como servicio de apoyo al desarrollo profesional de las personas, a la satisfacción de las necesidades y al cumplimiento de los propósitos comunes de la sociedad. La Asociación propende por la
transparencia mediante la rendición de cuentas que muestra la aplicación de sus recursos al cumplimiento de su misión.

• Calidad: asegura la prestación pertinente de los servicios para el cumplimiento de los requisitos externos e internos, a partir de la autoevaluación permanente de la gestión y el diseño, cumplimiento y evaluación de los planes de mejoramiento.

• Equidad e inclusión social: Como principio de ASCUN de promover la responsabilidad social, le corresponde ofrecer servicios que favorezcan la asociatividad y la articulación con organizaciones estatales y privadas para el desarrollo de programas y proyectos nacionales y regionales que fomenten la equidad y la inclusión social y prioricen el interés general sobre
el particular.

3. Responsabilidades y lineamientos de conducta

El siguiente marco de actuación aplica a diversas actividades relacionadas con la gestión de ASCUN y compromete a sus públicos de interés y organizaciones con las que se relaciona a:

– Velar por los intereses de la Asociación, teniendo en cuenta que siempre debe primar la lealtad hacia ASCUN.
– Buscar el uso apropiado de los activos y la transparencia en las operaciones.
– Comunicar oportunamente al jefe inmediato todo hecho o irregularidad por parte de un directivo, empleado, contratista, o tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de la Asociación.
– Buscar el beneficio institucional de la relación con proveedores y usuarios, con decisiones que no afecten o puedan afectar los intereses de la Asociación. Ningún directivo, empleado o contratista podrá dar o recibir beneficios individuales para obtener ventajas sobre una negociación con proveedores y contratistas.
– Actuar coherentemente con los principios de la Asociación y no ser contraparte en litigios.
– Respetar a las personas en su dignidad humana y llevar una vida ejemplar como ciudadano.
– Tomar las acciones necesarias para proteger y garantizar el cumplimiento de las políticas de la Asociación sobre cualquier procedimiento que atente contra la transparencia de alguna de sus actividades.
– Cuidar los bienes y activos de la Asociación.
– Establecer relaciones basadas en la transparencia, la confianza y el beneficio mutuo con los distintos grupos de interés de ASCUN.
– Evitar la participación por acción u omisión en hechos considerados como incorrectos o delictivos, o que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros, o usarse en forma contraria al interés público o a los intereses de la Asociación.
– Actuar con transparencia, equidad e imparcialidad, sin preferencias o excepciones en beneficio propio.
– Contar con aval del superior directo ante la falta de normas expresas que reglamenten una materia o asunto particular. El sano criterio, la experiencia, el conocimiento y la buena fe son elementos que deben sustentar todo acto o determinación de la Asociación.
– Velar por el buen nombre de la Asociación, manteniendo reserva sobre temas que constituyan parte esencial de su patrimonio o pongan en peligro su supervivencia o competitividad.
– Establecer controles de verificación a las operaciones con los grupos de interés para prevenir el lavado de activos y la financiación al terrorismo.

Este documento se avaló en el Comité de Comunicaciones de ASCUN, el 30 de
agosto de 2021.

JUAN GUILLERMO HOYOS ARISTIZÁBAL
Secretario General

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