La Universidad Surcolombiana reglamentó su Estatuto de Contratación, que contiene, entre otros aspectos, los procedimientos para adelantar los procesos de selección de contratistas, los procedimientos administrativos y de dirección, y control de la ejecución contractual.
La reglamentación está contenida en la Resolución 010 de 2022, expedida por la rectora de la Universidad Surcolombiana, Nidia Guzmán Durán, donde se indica que esta es de carácter especial del régimen de las universidades y que los contratos que celebren las Universidades Estatales u Oficiales para el cumplimiento de sus funciones, “se regirán por las normas del derecho privado y sus efectos están sujetos a las normas civiles y comerciales, salvo los contratos de empréstito”.
El Estatuto de Contratación de la Universidad Surcolombiana fue expedido a través del Acuerdo 058 del 18 de noviembre de 2021 por el Consejo Superior Universitario, fecha en la que también autorizó a la Rectora para que mediante acto administrativo reglamente su contenido.
El mismo Acuerdo indica que algunos de los aspectos generales contenidos en este mismo requieren un desarrollo completo, especialmente en lo referente a procedimientos, responsabilidades, alcances y competencias para la ejecución de las diferentes modalidades de contratación y la posibilidad de utilizar los mecanismos jurídicos para la desconcentración y delegación de competencias en materia contractual al interior de la Universidad Surcolombiana.
La reglamentación contiene, según lo expedido, 19 artículos, que incluyen, entre otros, aspectos: Delegación, Requisitos del estudio previo de necesidad y Conveniencia de la contratación, Selección directa, Invitación privada de ofertas, Procedimiento invitación privada de ofertas, Procedimiento invitación pública abreviada, Procedimiento invitación pública, Procedimiento licitación y Órdenes contractuales, Procedimiento solicitud para orden contractual, Procedimiento acuerdo marco de precios y Bolsa de Producto.
También, Criterios de desempate, Copias de las propuestas, Garantías, Riesgos a amparar por la garantía y suficiencia de la misma, Cubrimiento de la responsabilidad civil extracontractual, Ampliación de la garantía y Manifestación de interés.
Redactado por: Universidad Surcolombiana
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