La educación superior, entendida como un servicio público cultural inherente a la finalidad social del Estado, es una de las expresiones más potentes del compromiso de una nación con el desarrollo de sus ciudadanos. Así lo consagra la Ley 30 de 1992, al establecer que el Estado garantiza la autonomía universitaria, vela por la calidad del servicio educativo y fomenta el acceso equitativo al conocimiento. En este marco, la educación superior no solo se configura como un pilar para el progreso científico, cultural y económico, sino como un derecho fundamental que habilita el ejercicio de otros derechos y la participación plena en la vida social. Garantizar este derecho implica, por tanto, una acción corresponsable entre el Estado y las instituciones, orientada a cerrar brechas, ampliar oportunidades y asegurar trayectorias formativas con calidad y pertinencia. Esta corresponsabilidad debe ser extensiva al estudiante en cuanto al compromiso en su período de formación y mediante la transferencia de conocimiento, valores y servicio a la sociedad.
Sin embargo, la realización efectiva de este derecho enfrenta desafíos estructurales que el sistema debe asumir con decisión. Uno de ellos es la necesidad urgente de resolver el desfinanciamiento histórico de las universidades públicas. Esto exige una reforma de los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992, que permita incorporar variables que reflejen la evolución del sistema, como el crecimiento de la matrícula, los estudiantes matriculados, la consolidación de cuerpos docentes y personal administrativo, la expansión de la infraestructura, la evolución de los currículos y equipos de apoyo académico, la consolidación de cuerpos docentes y la internacionalización, entre otros. El nuevo modelo de financiación debe considerar adicional al Índice de Costos de la Educación Superior (ICES) las variables estructurales relacionadas con el sistema salarial y prestacional docente y los gastos laborales que están ligados al funcionamiento así como los costos de la recomposición y formalización de sus plantas docentes y administrativas requerida tras 30 años de congelamiento de los recursos, reconociendo así las verdaderas dinámicas operativas de las universidades y su evolución.
Esta sostenibilidad estructural debe complementarse con una apuesta decidida por la investigación, la innovación y la transferencia del conocimiento. La universidad debe ser reconocida como un actor central en el ecosistema de ciencia, tecnología e innovación del país. Para ello, se requiere aumentar la inversión pública en I+D+i, consolidar redes académicas y fomentar la cooperación universidad-empresa-Estado-sociedad, así como promover el emprendimiento basado en conocimiento desde etapas tempranas de la formación.
Otro eje estratégico es el fortalecimiento de la función de extensión universitaria. Esta labor, que articula a las instituciones con sus territorios, debe ser reconocida como una misión sustantiva de la educación superior y respaldada con políticas públicas claras, financiación estable e instrumentos normativos que permitan su consolidación en todos los niveles del sistema.
Finalmente, se debe avanzar en una mayor articulación entre los distintos niveles del sistema educativo, desde la educación inicial hasta la educación superior, garantizando trayectorias formativas integrales e inclusivas. Solo así se logrará que la educación superior cumpla su papel transformador, como motor de equidad, movilidad social y desarrollo sostenible.
Colombia necesita una política de Estado que ponga a la educación superior en el centro de su proyecto de nación. Esta es la verdadera garantía del derecho a aprender, investigar, transformar y construir futuro.