La Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN) se pronuncia sobre el debate del proyecto de Ley Estatutaria de Educación 224 del año 2023, presentado por el Gobierno Nacional. A través de un comunicado, manifiesta que a pesar de haber llevado a cabo algunas audiencias públicas y conversaciones con ciertos actores del sector, es preocupante que el proceso de escucha no fue efectivo durante los debates en la Cámara.
“Aunque se proporcionaron algunos espacios para la participación, las propuestas y preocupaciones del sector no fueron tomadas en cuenta en el proyecto, lo que indica que el ejercicio de participación ciudadana no fue genuino”, señala en la comunicación.
Por esta razón, pone a consideración del Legislativo, el Gobierno Nacional y la opinión pública 8 aspectos del PLEE que considera que el Senado debe revisar urgentemente en los siguientes debates, para que esta ley responda a las expectativas de la sociedad, de los sectores económicos y productivos, de los jóvenes y niños y de todos los colombianos que esperan un instrumento de transformación de la educación del país.
En ese sentido, ASCUN considera que el artículo 2° define la educación como bien común, abriendo paso a posteriores interpretaciones nocivas del papel del Estado y de los gobiernos. Además, esta definición desconoce lo previsto en el art. 67 de la Constitución.
Limitar el alcance del proyecto de ley solo a la educación formal es regresivo, porque excluye todas las demás vías de educación y formación que el país ha creado desde hace más de 18 años, como son la educación para el trabajo y las cualificaciones, entre otras.
Sobre el artículo 4°, la Asociación ha identificado que no reconoce explícitamente que el sistema educativo del país es mixto, no basta con mencionar a las instituciones estatales y no estatales (privadas) como parte de un sistema y enfatiza en que dejar toda la carga de la educación sólo a las instituciones estatales puede terminar desbordándolas.
Para la Asociación, es muy preocupante privilegiar el acceso a la educación frente a la calidad de la misma y el PLEE plantea la calidad como un principio orientador y muy débilmente dentro del núcleo esencial del derecho. “Que los estudiantes ingresen a instituciones que no les puedan asegurar calidad significa que no hay una garantía real, porque sólo se les está cumpliendo parcialmente su derecho a la educación”, señala el comunicado.
En los artículos 5 (literal s) y 12 (literal o), aunque se tiene la intención de fortalecer la democracia, lo que plantea el PLEE es restringir los procesos de participación democrática y debilitar la autonomía universitaria, al prohibir la democracia representativa en las comunidades académicas, con el riesgo de permitir la interferencia de los poderes políticos en la gobernanza de las IES.
El proyecto propone la eliminación del mérito en el sistema educativo, por lo que ASCUN pide reconocer, para el caso de la educación superior y teniendo en cuenta sus características particulares, un equilibrio entre meritocracia y acciones afirmativas.
Así mismo, ASCUN ha encontrado que carece de estudios del impacto fiscal que implica la progresividad de su aplicación y afirmar que el proyecto de ley no requiere análisis de impacto fiscal “dado que no ordena un gasto adicional”, refleja la inquietud del sector educativo sobre la falta de novedad en la iniciativa.
El último punto identificado por ASCUN es que el PLEE establece la gratuidad total en las instituciones estatales, sin saber cómo se va a garantizar la sostenibilidad y la calidad en estas y además excluyendo a las instituciones privadas de cualquier consideración. Promueve además la financiación de la oferta, en lugar de una financiación integral de oferta y demanda, lo que podría dejar fuera a más de un millón de estudiantes que optan por la educación no estatal.
Finalmente, ASCUN hace un llamado a hacer una revisión exhaustiva, tanto en términos de pertinencia y viabilidad, como de constitucionalidad, para justificar la necesidad de una Ley Estatutaria de Educación. “Esta ley debe ser precisa en sus conceptos y no debe abarcar principalmente asuntos que podrían ser regulados por leyes ordinarias, ya que esto podría limitar el desarrollo futuro del sector educativo al volverlo inflexible”, concluye.