No obstante, el Juzgado le halló la razón a la universidad, pues su actuación se dio dentro de la normatividad. “Ellos tienen derecho a las vías legales para la consecución de sus logros y respetamos esa situación, no obstante encontramos que ellos pretenden que la universidad haga extensiva negociaciones que en este momento están vigentes con otros sindicatos, pero que, por una omisión de ASPU, de no haber presentado el pliego dentro de los dos primeros meses del año 2023, conforme lo ordenaba el Decreto 160 de 2014, pues perdió la vigencia y la oportunidad de sentarse a negociar un nuevo pliego con la universidad”, explicó el Jefe de la oficina Jurídica.
A esta situación, en la no presentación de los pliegos por parte del sindicato, que no permitió una negociación adecuada, se le suma otra situación, agregó Escobar, y es que “por recomendación del Ministerio del Trabajo, la universidad no se puede sentar a negociar con un sindicato hasta que terminen las resoluciones de negociación de las otras organizaciones sindicales, que están vigentes”, por esa razón ASPU pretendía en la tutela que le equipararan o extendieran los beneficios ya acordados con los otros sindicatos.
Ahora, el fallo de esta tutela podrá ser impugnado por el sindicato ante el Tribunal Administrativo del Huila, quien podrá analizar de nuevo esta decisión en un fallo de segunda instancia. Redactado por: prensa@usco.edu.co Universidad Surcolombiana |